¿Cuándo prescribe el derecho a reclamar lo pagado de más por un préstamo hipotecario en un matrimonio en separación de bienes?

Análisis de la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo según Sentencia 458/2025 de 24/03/2025

¿Puedo reclamar a mi expareja si pagué más hipoteca? El Supremo aclara dudas en caso de separación de bienes

📌 Planteamiento de la cuestión

Cuando dos personas compran una vivienda juntos y comparten hipoteca, ¿qué pasa si uno paga más que el otro? Y si además están casados en régimen de separación de bienes, ¿puede uno reclamar al otro esas cantidades tras el divorcio?

Este es el eje del caso resuelto por el Tribunal Supremo en una reciente sentencia, donde una mujer solicitaba el reembolso de los pagos que hizo en exceso respecto a la hipoteca de la vivienda común y el IBI, frente a su exmarido. Aunque tenían cuentas comunes y convivieron durante años, ella alegaba haber cargado con la mayor parte de los gastos. La clave: cuándo empieza a contar el plazo para reclamar.

⚖️ Desarrollo del conflicto: hipoteca compartida, matrimonio y acción de repetición

En este caso, ambos cónyuges compraron una vivienda al 50 % antes del matrimonio. Ya casados en separación de bienes, mantuvieron cuentas comunes para ingresos y gastos. Años después, tras su divorcio, ella reclama judicialmente más de 22.000 euros, por haber pagado más cuotas hipotecarias e impuestos.

El Tribunal de Primera Instancia solo le reconoció algo más de 3.800 euros, al aplicar el plazo de prescripción de 5 años, contado desde el momento en que se hizo cada pago. Sin embargo, la Audiencia Provincial y finalmente el Tribunal Supremo han corregido ese criterio.

📅 El Supremo considera que el plazo para reclamar no empieza hasta que se disuelve el matrimonio, es decir, hasta la sentencia de divorcio. Antes de eso, no sería razonable exigir a los cónyuges que se reclamen entre sí, pues existe un marco de colaboración y ayuda mutua. Solo con la ruptura se activa el derecho a exigir compensaciones económicas.

Además, el Tribunal rechaza que existiera entre los cónyuges una voluntad de compartir todos sus ingresos como si estuvieran en gananciales, por lo que, si uno pagó más, tiene derecho a reclamar la parte proporcional que no le correspondía asumir.

Conclusión: claves jurídicas y prácticas

El Tribunal Supremo reitera un principio importante:

Entre cónyuges en separación de bienes no empieza a correr el plazo de prescripción para reclamar cantidades hasta que se disuelve el régimen económico.”

Por tanto, si has pagado más de lo que te correspondía en una hipoteca compartida con tu expareja, puedes reclamar aunque hayan pasado más de cinco años desde los pagos, siempre que no haya pasado ese tiempo desde el divorcio.

Este fallo consolida el equilibrio entre las normas civiles de comunidad de bienes y las relaciones personales derivadas del matrimonio. También recuerda la importancia de documentar bien los pagos y las titularidades, especialmente en relaciones con cuentas compartidas.

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